PARROQUIA DE SANTIAGO APÓSTOL
LORCA
SEGUNDA PARTE. SEGUNDA SECCIÓN
CAPITULO TERCERO: LOS SACRAMENTOS AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD
1533. El Bautismo, la Confirmación y la Eucaristía
son los sacramentos de la iniciación cristiana. Fundamentan la vocación
común de todos los discípulos de Cristo, que es vocación a la santidad
y a la misión de evangelizar el mundo. Confieren las gracias necesarias
para vivir según el Espíritu en esta vida de peregrinos en marcha hacia
la patria.
1534 Otros dos sacramentos, el Orden y el Matrimonio,
están ordenados a la salvación de los demás. Contribuyen ciertamente a
la propia salvación, pero esto lo hacen mediante el servicio que
prestan a los demás. Confieren una misión particular en la Iglesia y
sirven a la edificación del Pueblo de Dios.
1535 En estos sacramentos, los que fueron ya
consagrados por el Bautismo y la Confirmación (LG 10) para el
sacerdocio común de todos los fieles, pueden recibir consagraciones
particulares. Los que reciben el sacramento del orden son consagrados
para "en el nombre de Cristo ser los pastores de la Iglesia con la
palabra y con la gracia de Dios" (LG 11). Por su parte, "los cónyuges
cristianos, son fortificados y como consagrados para los deberes y
dignidad de su estado por este sacramento especial" (GS 48,2).
Artículo 6 EL SACRAMENTO DEL ORDEN
1536 El Orden es el sacramento gracias al cual la
misión confiada por Cristo a sus Apóstoles sigue siendo ejercida en la
Iglesia hasta el fin de los tiempos: es, pues, el sacramento del
ministerio apostólico. Comprende tres grados: el episcopado, el
presbiterado y el diaconado.
(Sobre la institución y la misión del ministerio
apostólico por Cristo ya se ha tratado en la primera parte. Aquí sólo
se trata de la realidad sacramental mediante la que se transmite este
ministerio)
I EL NOMBRE DE SACRAMENTO DEL ORDEN
1537 La palabra Orden designaba, en la antigüedad
romana, cuerpos constituidos en sentido civil, sobre todo el cuerpo de
los que gobiernan. Ordinatio designa la integración en un ordo. En la
Iglesia hay cuerpos constituidos que la Tradición, no sin fundamentos
en la Sagrada Escritura (cf Hb 5,6; 7,11; Sal 110,4), llama desde los
tiempos antiguos con el nombre de taxeis (en griego), de ordines (en
latín): así la liturgia habla del ordo episcoporum, del ordo
presbyterorum, del ordo diaconorum. También reciben este nombre de ordo
otros grupos: los catecúmenos, las vírgenes, los esposos, las viudas...
1538 La integración en uno de estos cuerpos de la
Iglesia se hacía por un rito llamado ordinatio, acto religioso y
litúrgico que era una consagración, una bendición o un sacramento. Hoy
la palabra ordinatio está reservada al acto sacramental que incorpora
al orden de los obispos, de los presbíteros y de los diáconos y que va
más allá de una simple elección, designación, delegación o institución
por la comunidad, pues confiere un don del Espíritu Santo que permite
ejercer un "poder sagrado" (sacra potestas; cf LG 10) que sólo
puede venir de Cristo, a través de su Iglesia. La ordenación también es
llamada consecratio porque es un "poner a parte" y un "investir" por
Cristo mismo para su Iglesia. La imposición de manos del obispo, con la
oración consecratoria, constituye el signo visible de esta consagración.
II EL SACRAMENTO DEL ORDEN
EN LA ECONOMIA DE LA SALVACION
El sacerdocio de la Antigua Alianza
1539 El pueblo elegido fue constituido por Dios como
"un reino de sacerdotes y una nación consagrada" (Ex 19,6; cf Is 61,6).
Pero dentro del pueblo de Israel, Dios escogió una de las doce tribus,
la de Leví, para el servicio litúrgico (cf. Nm 1,48-53); Dios mismo es
la parte de su herencia (cf. Jos 13,33). Un rito propio consagró los
orígenes del sacerdocio de la Antigua Alianza (cf Ex 29,1-30; Lv 8). En
ella los sacerdotes fueron establecidos "para intervenir en favor de
los hombres en lo que se refiere a Dios para ofrecer dones y
sacrificios por los pecados" (Hb 5,1).
1540 Instituido para anunciar la palabra de Dios (cf
Ml 2,7-9) y para restablecer la comunión con Dios mediante los
sacrificios y la oración, este sacerdocio de la Antigua Alianza, sin
embargo, era incapaz de realizar la salvación, por lo cual tenía
necesidad de repetir sin cesar los sacrificios, y no podía alcanzar una
santificación definitiva (cf. Hb 5,3; 7,27; 10,1-4), que sólo podría
alcanzada por el sacrificio de Cristo.
1541 No obstante, la liturgia de la Iglesia ve en el
sacerdocio de Aarón y en el servicio de los levitas, así como en la
institución de los setenta "ancianos" (cf Nm 11,24-25), prefiguraciones
del ministerio ordenado de la Nueva Alianza. Por ello, en el rito
latino la Iglesia se dirige a Dios en la oración consecratoria de la
ordenación de los obispos de la siguiente manera:
Dios y Padre de nuestro Señor Jesucristo...has
establecido las reglas de la Iglesia: elegiste desde el principio un
pueblo santo, descendiente de Abraham , y le diste reyes y sacerdotes
que cuidaran del servicio de tu santuario...
1542 En la ordenación de presbíteros, la Iglesia ora:
Señor, Padre Santo...en la Antigua Alianza se fueron
perfeccionando a través de los signos santos los grados del
sacerdocio...cuando a los sumos sacerdotes, elegidos para regir el
pueblo, les diste compañeros de menor orden y dignidad, para que les
ayudaran como colaboradores...multiplicaste el espíritu de Moisés,
comunicándolo a los setenta varones prudentes con los cuales gobernó
fácilmente un pueblo numeroso. Así también transmitiste a los hijos de
Aarón la abundante plenitud otorgada a su padre.
1543 Y en la oración consecratoria para la ordenación de diáconos, la Iglesia confiesa:
Dios Todopoderoso...tú haces crecer a la
Iglesia...la edificas como templo de tu gloria...así estableciste que
hubiera tres órdenes de ministros para tu servicio, del mismo modo que
en la Antigua Alianza habías elegido a los hijos de Leví para que
sirvieran al templo, y, como herencia, poseyeran una bendición eterna.
El único sacerdocio de Cristo
1544 Todas las prefiguraciones del sacerdocio de la
Antigua Alianza encuentran su cumplimiento en Cristo Jesús, "único
mediador entre Dios y los hombres" (1 Tm 2,5). Melquisedec, "sacerdote
del Altísimo" (Gn 14,18), es considerado por la Tradición cristiana
como una prefiguración del sacerdocio de Cristo, único "Sumo Sacerdote
según el orden de Melquisedec" (Hb 5,10; 6,20), "santo, inocente,
inmaculado" (Hb 7,26), que, "mediante una sola oblación ha llevado a la
perfección para siempre a los santificados" (Hb 10,14), es decir,
mediante el único sacrificio de su Cruz.
1545 El sacrificio redentor de Cristo es único,
realizado una vez por todas. Y por esto se hace presente en el
sacrificio eucarístico de la Iglesia. Lo mismo acontece con el único
sacerdocio de Cristo: se hace presente por el sacerdocio ministerial
sin que con ello se quebrante la unicidad del sacerdocio de Cristo: "Et
ideo solus Christus est verus sacerdos, alii autem ministri eius" ("Y
por eso sólo Cristo es el verdadero sacerdote; los demás son ministros
suyos", S. Tomás de A. Hebr. VII, 4).
Dos modos de participar en el único sacerdocio de Cristo
1546 Cristo, sumo sacerdote y único mediador, ha
hecho de la Iglesia "un Reino de sacerdotes para su Dios y Padre" (Ap
1,6; cf. Ap 5,9-10; 1 P 2,5.9). Toda la comunidad de los creyentes es,
como tal, sacerdotal. Los fieles ejercen su sacerdocio bautismal a
través de su participación, cada uno según su vocación propia, en la
misión de Cristo, Sacerdote, Profeta y Rey. Por los sacramentos del
Bautismo y de la Confirmación los fieles son "consagrados para ser...un
sacerdocio santo" (LG 10).
1547 El sacerdocio ministerial o jerárquico de los
obispos y de los presbíteros, y el sacerdocio común de todos los
fieles, "aunque su diferencia es esencial y no sólo en grado, están
ordenados el uno al otro; ambos, en efecto, participan, cada uno a su
manera, del único sacerdocio de Cristo" (LG 10). ¿En qué sentido?
Mientras el sacerdocio común de los fieles se realiza en el desarrollo
de la gracia bautismal (vida de fe, de esperanza y de caridad, vida
según el Espíritu), el sacerdocio ministerial está al servicio del
sacerdocio común, en orden al desarrollo de la gracia bautismal de
todos los cristianos. Es uno de los medios por los cuales Cristo no
cesa de construir y de conducir a su Iglesia. Por esto es transmitido
mediante un sacramento propio, el sacramento del Orden.
In persona Christi Capitis...
1548 En el servicio eclesial del ministro ordenado es
Cristo mismo quien está presente a su Iglesia como Cabeza de su cuerpo,
Pastor de su rebaño, sumo sacerdote del sacrificio redentor, Maestro de
la Verdad. Es lo que la Iglesia expresa al decir que el sacerdote, en
virtud del sacramento del Orden, actúa "in persona Christi Capitis" (cf
LG 10; 28; SC 33; CD 11; PO 2,6):
El ministro posee en verdad el papel del mismo
Sacerdote, Cristo Jesús. Si, ciertamente, aquel es asimilado al Sumo
Sacerdote, por la consagración sacerdotal recibida, goza de la facultad
de actuar por el poder de Cristo mismo a quien representa (virtute ac
persona ipsius Christi) (Pío XII, enc. Mediator Dei).
"Christus est fons totius sacerdotii; nan sacerdos
legalis erat figura ipsius, sacerdos autem novae legis in persona
ipsius operatur" ("Cristo es la fuente de todo sacerdocio, pues el
sacerdote de la antigua ley era figura de EL, y el sacerdote de la
nueva ley actúa en representación suya" (S. Tomás de A., s.th. 3, 22,
4).
1549 Por el ministerio ordenado, especialmente por el
de los obispos y los presbíteros, la presencia de Cristo como cabeza de
la Iglesia se hace visible en medio de la comunidad de los creyentes.
Según la bella expresión de San Ignacio de Antioquía, el obispo es
typos tou Patros, es imagen viva de Dios Padre (Trall. 3,1; cf Magn.
6,1).
1550 Esta presencia de Cristo en el ministro no
debe ser entendida como si éste estuviese exento de todas las flaquezas
humanas, del afán de poder, de errores, es decir del pecado. No todos
los actos del ministro son garantizado s de la misma manera por la
fuerza del Espíritu Santo. Mientras que en los sacramentos esta
garantía es dada de modo que ni siquiera el pecado del ministro puede
impedir el fruto de la gracia, existen muchos otros actos en que la
condición humana del ministro deja huellas que no son siempre el signo
de la fidelidad al evangelio y que pueden dañar por consiguiente a la
fecundidad apostólica de la Iglesia.
1551 Este sacerdocio es ministerial. "Esta Función,
que el Señor confió a los pastores de su pueblo, es un verdadero
servicio" (LG 24). Está enteramente referido a Cristo y a los hombres.
Depende totalmente de Cristo y de su sacerdocio único, y fue instituido
en favor de los hombres y de la comunidad de la Iglesia. El sacramento
del Orden comunica "un poder sagrado", que no es otro que el de Cristo.
El ejercicio de esta autoridad debe, por tanto, medirse según el modelo
de Cristo, que por amor se hizo el último y el servidor de todos (cf.
Mc 10,43-45; 1 P 5,3). "El Señor dijo claramente que la atención
prestada a su rebaño era prueba de amor a él" (S. Juan Crisóstomo, sac.
2,4; cf. Jn 21,15-17)
“En nombre de toda la Iglesia”
1552 El sacerdocio ministerial no tiene solamente por
tarea representar a Cristo –Cabeza de la Iglesia– ante la
asamblea de los fieles, actúa también en nombre de toda la Iglesia
cuando presenta a Dios la oración de la Iglesia (cf SC 33) y sobre todo
cuando ofrece el sacrificio eucarístico (cf LG 10).
1553 "En nombre de toda la Iglesia", expresión que no
quiere decir que los sacerdotes sean los delegados de la comunidad. La
oración y la ofrenda de la Iglesia son inseparables de la oración y la
ofrenda de Cristo, su Cabeza. Se trata siempre del culto de Cristo en y
por su Iglesia. Es toda la Iglesia, cuerpo de Cristo, la que ora y se
ofrece, per ipsum et cum ipso et in ipso, en la unidad del Espíritu
Santo, a Dios Padre. Todo el cuerpo, caput et membra, ora y se ofrece,
y por eso quienes, en este cuerpo, son específicamente sus ministros,
son llamados ministros no sólo de Cristo, sino también de la Iglesia.
El sacerdocio ministerial puede representar a la Iglesia porque
representa a Cristo.
III LOS TRES GRADOS DEL SACRAMENTO DEL ORDEN
1554 "El ministerio eclesiástico, instituido por
Dios, está ejercido en diversos órdenes que ya desde antiguo reciben
los nombres de obispos, presbíteros y diáconos" (LG 28). La doctrina
católica, expresada en la liturgia, el magisterio y la práctica
constante de la Iglesia, reconocen que existen dos grados de
participación ministerial en el sacerdocio de Cristo: el episcopado y
el presbiterado. El diaconado está destinado a ayudarles y a servirles.
Por eso, el término "sacerdos" designa, en el uso actual, a los obispos
y a los presbíteros, pero no a los diáconos. Sin embargo, la doctrina
católica enseña que los grados de participación sacerdotal (episcopado
y presbiterado) y el grado de servicio (diaconado) son los tres
conferidos por un acto sacramental llamado "ordenación", es decir, por
el sacramento del Orden:
Que todos reverencien a los diáconos como a
Jesucristo, como también al obispo, que es imagen del Padre, y a los
presbíteros como al senado de Dios y como a la asamblea de los
apóstoles: sin ellos no se puede hablar de Iglesia (S. Ignacio de
Antioquía, Trall. 3,1)
La ordenación episcopal, plenitud del sacramento del Orden
1555 "Entre los diversos ministerios que existen en
la Iglesia, ocupa el primer lugar el ministerio de los obispos que, que
a través de una sucesión que se remonta hasta el principio, son los
transmisores de la semilla apostólica" (LG 20).
1556 "Para realizar estas funciones tan sublimes, los
Apóstoles se vieron enriquecidos por Cristo con la venida especial del
Espíritu Santo que descendió sobre ellos. Ellos mismos comunicaron a
sus colaboradores, mediante la imposición de las manos, el don
espiritual que se ha transmitido hasta nosotros en la consagración de
los obispos" (LG 21).
1557 El Concilio Vaticano II "enseña que por la
consagración episcopal se recibe la plenitud del sacramento del Orden.
De hecho se le llama, tanto en la liturgia de la Iglesia como en los
Santos Padres, `sumo sacerdocio' o `cumbre del ministerio sagrado'"
(ibid.).
1558 "La consagración episcopal confiere, junto con
la función de santificar, también las funciones de enseñar y
gobernar... En efecto...por la imposición de las manos y por las
palabras de la consagración se confiere la gracia del Espíritu Santo y
queda marcado con el carácter sagrado. En consecuencia, los obispos, de
manera eminente y visible, hacen las veces del mismo Cristo, Maestro,
Pastor y Sacerdote, y actúan en su nombre (in eius persona agant)"
(ibid.). "El Espíritu Santo que han recibido ha hecho de los obispos
los verdaderos y auténticos maestros de la fe, pontífices y pastores"
(CD 2).
1559 "Uno queda constituido miembro del Colegio
episcopal en virtud de la consagración episcopal y por la comunión
jerárquica con la Cabeza y con los miembros del Colegio" (LG 22). El
carácter y la naturaleza colegial del orden episcopal se manifiestan,
entre otras cosas, en la antigua práctica de la Iglesia que quiere que
para la consagración de un nuevo obispo participen varios obispos (cf
ibid.). Para la ordenación legítima de un obispo se requiere hoy una
intervención especial del Obispo de Roma por razón de su cualidad de
vínculo supremo visible de la comunión de las Iglesias particulares en
la Iglesia una y de garante de libertad de la misma.
1560 Cada obispo tiene, como vicario de Cristo, el
oficio pastoral de la Iglesia particular que le ha sido confiada, pero
al mismo tiempo tiene colegialmente con todos sus hermanos en el
episcopado la solicitud de todas las Iglesias: "Más si todo
obispo es propio solamente de la porción de grey confiada a sus
cuidados, su cualidad de legítimo sucesor de los apóstoles por
institución divina, le hace solidariamente responsable de la misión
apostólica de la Iglesia" (Pío XII, Enc. Fidei donum, 11; cf LG 23; CD
4,36-37; AG 5.6.38).
1561 Todo lo que se ha dicho explica por qué la
Eucaristía celebrada por el obispo tiene una significación muy especial
como expresión de la Iglesia reunida en torno al altar bajo la
presidencia de quien representa visiblemente a Cristo, Buen Pastor y
Cabeza de su Iglesia (cf SC 41; LG 26).
La ordenación de los presbíteros - cooperadores de los obispos
1562 "Cristo, a quien el Padre santificó y envió al
mundo, hizo a los obispos partícipes de su misma consagración y misión
por medio de los Apóstoles de los cuales son sucesores. Estos han
confiado legítimamente la función de su ministerio en diversos grados a
diversos sujetos en la Iglesia" (LG 28). "La función ministerial de los
obispos, en grado subordinado, fue encomendada a los presbíteros para
que, constituidos en el orden del presbiterado, fueran los
colaboradores del Orden episcopal para realizar adecuadamente la misión
apostólica confiada por Cristo" (PO 2).
1563 "El ministerio de los presbíteros, por estar
unido al Orden episcopal, participa de la autoridad con la que el
propio Cristo construye, santifica y gobierna su Cuerpo. Por eso el
sacerdocio de los presbíteros supone ciertamente los sacramentos de la
iniciación cristiana. Se confiere, sin embargo, por aquel sacramento
peculiar que, mediante la unción del Espíritu Santo, marca a los
sacerdotes con un carácter especial. Así quedan identificados con
Cristo Sacerdote, de tal manera que puedan actuar como representantes
de Cristo Cabeza" (PO 2).
1564 "Los presbíteros, aunque no tengan la plenitud
del sacerdocio y dependan de los obispos en el ejercicio de sus
poderes, sin embargo están unidos a éstos en el honor del sacerdocio y,
en virtud del sacramento del Orden, quedan consagrados como verdaderos
sacerdotes de la Nueva Alianza, a imagen de Cristo, sumo y eterno
Sacerdote (Hb 5,1-10; 7,24; 9,11-28), para anunciar el Evangelio a los
fieles, para dirigirlos y para celebrar el culto divino" (LG 28).
1565 En virtud del sacramento del Orden, los
presbíteros participan de la universalidad de la misión confiada por
Cristo a los apóstoles. El don espiritual que recibieron en la
ordenación los prepara, no para una misión limitada y restringida,
"sino para una misión amplísima y universal de salvación `hasta los
extremos del mundo'" (PO 10), "dispuestos a predicar el evangelio por
todas partes" (OT 20).
1566 "Su verdadera función sagrada la ejercen sobre
todo en el culto o en la comunión eucarística. En ella, actuando en la
persona de Cristo y proclamando su Misterio, unen la ofrenda de los
fieles al sacrificio de su Cabeza; actualizan y aplican en el
sacrificio de la misa, hasta la venida del Señor, el único Sacrificio
de la Nueva Alianza: el de Cristo, que se ofrece al Padre de una vez
para siempre como hostia inmaculada" (LG 28). De este sacrificio único,
saca su fuerza todo su ministerio sacerdotal (cf PO 2).
1567 "Los presbíteros, como colaboradores diligentes
de los obispos y ayuda e instrumento suyos, llamados para servir al
Pueblo de Dios, forman con su obispo un único presbiterio, dedicado a
diversas tareas. En cada una de las comunidades locales de fieles hacen
presente de alguna manera a su obispo, al que están unidos con
confianza y magnanimidad; participan en sus funciones y preocupaciones
y las llevan a la práctica cada día" (LG 28). Los presbíteros sólo
pueden ejercer su ministerio en dependencia del obispo y en comunión
con él. La promesa de obediencia que hacen al obispo en el momento de
la ordenación y el beso de paz del obispo al fin de la liturgia de la
ordenación significa que el obispo los considera como sus
colaboradores, sus hijos, sus hermanos y sus amigos y que a su vez
ellos le deben amor y obediencia.
1568 "Los presbíteros, instituidos por la ordenación
en el orden del presbiterado, están unidos todos entre sí por la íntima
fraternidad del sacramento. Forman un único presbiterio especialmente
en la diócesis a cuyo servicio se dedican bajo la dirección de su
obispo" (PO 8). La unidad del presbiterio encuentra una expresión
litúrgica en la costumbre de que los presbíteros impongan a su vez las
manos, después del obispo, durante el rito de la ordenación.
La ordenación de los diáconos, “en orden al ministerio”
1569 "En el grado inferior de la jerarquía están los
diácon os, a los que se les imponen las 'para realizar un servicio y no
para ejercer el sacerdocio'" (LG 29; cf CD 15). En la ordenación al
diaconado, sólo el obispo impone las manos , significando así que el
diácono está especialmente vinculado al obispo en las tareas de su
"diaconía" (cf S. Hipólito, trad. ap. 8).
1570 Los diáconos participan de una manera especial
en la misión y la gracia de Cristo (cf LG 41; AA 16). El sacramento del
Orden los marco con un sello (carácter) que nadie puede hacer
desaparecer y que los configura con Cristo que se hizo "diácono", es
decir, el servidor de todos (cf Mc 10,45; Lc 22,27; S. Policarpo, Ep
5,2). Corresponde a los diáconos, entre otras cosas, asistir al obispo
y a los presbíteros en la celebración de los divinos misterios sobre
todo de la Eucaristía y en la distribución de la misma, asistir a la
celebración del matrimonio y bendecirlo, proclamar el evangelio y
predicar, presidir las exequias y entregarse a los diversos servicios
de la caridad (cf LG 29; cf. SC 35,4; AG 16).
1571 Desde el Concilio Vaticano II, la Iglesia latina
ha restablecido el diaconado "como un grado particular dentro de la
jerarquía" (LG 29), mientras que las Iglesias de Oriente lo habían
mantenido siempre. Este diaconado permanente, que puede ser conferido a
hombres casados, constituye un enriquecimiento importante para la
misión de la Iglesia. En efecto, es apropiado y útil que hombres que
realizan en la Iglesia un ministerio verdaderamente diaconal, ya en la
vida litúrgica y pastoral, ya en las obras sociales y caritativas,
"sean fortalezcan por la imposición de las manos transmitida ya desde
los Apóstoles y se unan más estrechamente al servicio del altar, para
que cumplan con mayor eficacia su ministerio por la gracia sacramental
del diaconado" (AG 16).
IV LA CELEBRACION DE ESTE SACRAMENTO
1572 La celebración de la ordenación de un obispo, de
presbíteros o de diáconos, por su importancia para la vida de la
Iglesia particular, exige el mayor concurso posible de fieles. Tendrá
lugar preferentemente el domingo y en la catedral, con una solemnidad
adaptada a las circunstancias. Las tres ordenaciones, del obispo, del
presbítero y del diácono, tienen el mismo dinamismo. El lugar propio de
su celebración es dentro de la Eucaristía.
1573 El rito esencial del sacramento del Orden está
constituido, para los tres grados, por la imposición de manos del
obispo sobre la cabeza del ordenando así como por una oración
consecratoria específica que pide a Dios la efusión del Espíritu Santo
y de sus dones apropiados al ministerio para el cual el candidato es
ordenado (cf Pío XII, const. ap. Sacramentum Ordinis, DS 3858).
1574 Como en todos los sacramentos, ritos
complementarios rodean la celebración. Estos varían notablemente en las
distintas tradiciones litúrgicas, pero tienen en común la expresión de
múltiples aspectos de la gracia sacramental. Así, en el rito latino,
los ritos iniciales - la presentación y elección del ordenando, la
alocución del obispo, el interrogatorio del ordenando, las letanías de
los santos - ponen de relieve que la elección del candidato se hace
conforme al uso de la Iglesia y preparan el acto solemne de la
consagración; después de ésta varios ritos vienen a expresar y
completar de manera simbólica el misterio que se ha realizado: para el
obispo y el presbítero la unción con el santo crisma, signo de la
unción especial del Espíritu Santo que hace fecundo su ministerio; la
entrega del libro de los evangelios, del anillo, de la mitra y del
báculo al obispo en señal de su misión apostólica de anuncio de la
palabra de Dios, de su fidelidad a la Iglesia, esposa de Cristo, de su
cargo de pastor del rebaño del Señor; entrega al presbítero de la
patena y del cáliz, "la ofrenda del pueblo santo" que es llamado a
presentar a Dios; la entrega del libro de los evangelios al diácono que
acaba de recibir la misión de anunciar el evangelio de Cristo.
V EL MINISTRO DE ESTE SACRAMENTO
1575 Fue Cristo quien eligió a los apóstoles y les
hizo partícipes de su misión y su autoridad. Elevado a la derecha del
Padre, no abandona a su rebaño, sino que lo guarda por medio de los
apóstoles bajo su constante protección y lo dirige también mediante
estos mismos pastores que continúan hoy su obra (cf MR, Prefacio de
Apóstoles). Por tanto, es Cristo "quien da" a unos el ser apóstoles, a
otros pastores (cf. Ef 4,11). Sigue actuando por medio de los obispos
(cf LG 21).
1576 Dado que el sacramento del Orden es el
sacramento del ministerio apostólico, corresponde a los obispos, en
cuanto sucesores de los apóstoles, transmitir "el don espiritual" (LG
21), "la semilla apostólica" (LG 20). Los obispos válidamente
ordenados, es decir, que están en la línea de la sucesión apostólica,
confieren válidamente los tres grados del sacramento del Orden (cf DS
794 y 802; CIC, can. 1012; CCEO, can. 744; 747).
VI QUIEN PUEDE RECIBIR ESTE SACRAMENTO
1577 "Sólo el varón (vir ) bautizado recibe
válidamente la sagrada ordenación" (CIC, can 1024). El Señor Jesús
eligió a hombres (viri) para formar el colegio de los doce apóstoles
(cf Mc 3,14-19; Lc 6,12-16), y los apóstoles hicieron lo mismo cuando
eligieron a sus colaboradores (1 Tm 3,1-13; 2 Tm 1,6; Tt 1,5-9) que les
sucederían en su tarea (S.Clemente Romano Cor, 42,4; 44,3). El colegio
de los obispos, con quienes los presbíteros están unidos en el
sacerdocio, hace presente y actualiza hasta el retorno de Cristo el
colegio de los Doce. La Iglesia se reconoce vinculada por esta decisión
del Señor. Esta es la razón por la que las mujeres no reciben la
ordenación (cf Juan Pablo II, MD 26-27; CDF decl. "Inter
insigniores": AAs 69 [1977] 98-116).
1578 Nadie tiene derecho a recibir el
sacramento del Orden. En efecto, nadie se arroga para sí mismo este
oficio. Al sacramento se es llamado por Dios (cf Hb 5,4). Quien cree
reconocer las señales de la llamada de Dios al ministerio ordenado,
debe someter humildemente su deseo a la autoridad de la Iglesia a la
que corresponde la responsabilidad y el derecho de llamar a recibir
este sacramento. Como toda gracia, el sacramento sólo puede ser
recibido como un don inmerecido.
1579 Todos los ministros ordenados de la Iglesia
latina, exceptuados los diáconos permanentes, son ordinariamente
elegidos entre hombres creyentes que viven como célibes y que tienen la
voluntad de guardar el celibato "por el Reino de los cielos" (Mt
19,12). Llamados a consagrarse totalmente al Señor y a sus "cosas" (cf
1 Co 7,32), se entregan enteramente a Dios y a los hombres. El celibato
es un signo de esta vida nueva al servicio de la cual es consagrado el
ministro de la Iglesia; aceptado con un corazón alegre, anuncia de modo
radiante el Reino de Dios (cf PO 16).
1580 En las Iglesias Orientales, desde hace siglos
está en vigor una disciplina distinta: mientras los obispos son
elegidos únicamente entre los célibes, hombres casados pueden ser
ordenados diáconos y presbíteros. Esta práctica es considerada como
legítima desde tiempos remotos; estos presbíteros ejercen un ministerio
fructuoso en el seno de sus comunidades (cf PO 16). Por otra parte, el
celibato de los presbíteros goza de gran honor en las Iglesias
Orientales, y son numerosos los presbíteros que lo escogen libremente
por el Reino de Dios. En Oriente como en Occidente, quien recibe el
sacramento del Orden no puede contraer matrimonio.
VII LOS EFECTOS DEL SACRAMENTO DEL ORDEN
El carácter indeleble
1581 Este sacramento configura con Cristo mediante
una gracia especial del Espíritu Santo a fin de servir de instrumento
de Cristo en favor de su Iglesia. Por la ordenación recibe la capacidad
de actuar como representante de Cristo, Cabeza de la Iglesia, en su
triple función de sacerdote, profeta y rey.
1582 Como en el caso del Bautismo y de la
Confirmación, esta participación en la misión de Cristo es concedida de
una vez para siempre. El sacramento del Orden confiere también un
carácter espiritual indeleble y no puede ser reiterado ni ser conferido
para un tiempo determinado (cf Cc. de Trento: DS 1767; LG 21.28.29; PO
2).
1583 Un sujeto válidamente ordenado puede
ciertamente, por causas graves, ser liberado de las obligaciones y las
funciones vinculadas a la ordenación, o se le puede impedir ejercerlas
(cf CIC, can. 290-293; 1336,1, nn 3º y 5º; 1338,2), pero no puede
convertirse de nuevo en laico en sentido estricto (cf. CC. de Trento:
DS 1774) porque el carácter impreso por la ordenación es para siempre.
La vocación y la misión recibidas el día de su ordenación, lo marcan de
manera permanente.
1584 Puesto que en último término es Cristo quien
actúa y realiza la salvación a través del ministro ordenado, la
indignidad de éste no impide a Cristo actuar (cf Cc. de Trento: DS
1612; 1154). S. Agustín lo dice con firmeza:
En cuanto al ministro orgulloso, hay que colocarlo
con el diablo. Sin embargo, el don de Crist o no por ello es profanado:
lo que llega a través de él conserva su pureza, lo que pasa por él
permanece limpio y llega a la tierra fértil...En efecto, la virtud
espiritual del sacramento es semejante a la luz: los que deben ser
iluminados la reciben en su pureza y, si atraviesa seres manchados, no
se mancha (Ev. Ioa. 5, 15).
La gracia del Espíritu Santo
1585 La gracia del Espíritu Santo propia de este
sacramento es la de ser configurado con Cristo Sacerdote, Maestro y
Pastor, de quien el ordenado es constituido ministro.
1586 Para el obispo, es en primer lugar una gracia de
fortaleza ("El Espíritu de soberanía": Oración de consagración del
obispo en el rito latino): la de guiar y defender con fuerza y
prudencia a su Iglesia como padre y pastor, con amor gratuito para
todos y con predilección por los pobres, los enfermos y los necesitados
(cf CD 13 y 16). Esta gracia le impulsa a anunciar el evangelio a
todos, a ser el modelo de su rebaño, a precederlo en el camino de la
santificación identificándose en la Eucaristía con Cristo Sacerdote y
Víctima, sin miedo a dar la vida por sus ovejas:
Concede, Padre que conoces los corazones, a tu
siervo que has elegido para el episcopado, que apaciente tu santo
rebaño y que ejerza ante ti el supremo sacerdocio sin reproche
sirviéndote noche y día; que haga sin cesar propicio tu rostro y que
ofrezca los dones de tu santa Iglesia, que en virtud del espíritu del
supremo sacerdocio tenga poder de perdonar los pecados según tu
mandamiento, que distribuya las tareas siguiendo tu orden y que desate
de toda atadura en virtud del poder que tú diste a los apóstoles; que
te agrade por su dulzura y su corazón puro, ofreciéndote un perfume
agradable por tu Hijo Jesucristo... (S. Hipólito, Trad. Ap. 3).
1587 El don espiritual que confiere la ordenación
presbiteral está expresado en esta oración propia del rito bizantino.
El obispo, imponiendo la mano, dice:
Señor, llena del don del Espíritu Santo al que te
has dignado elevar al grado del sacerdocio para que sea digno de
presentarse sin reproche ante tu altar, de anunciar el evangelio de tu
Reino, de realizar el ministerio de tu palabra de verdad, de ofrecerte
dones y sacrificios espirituales, de renovar tu pueblo mediante el baño
de la regeneración; de manera que vaya al encuentro de nuestro gran
Dios y Salvador Jesucristo, tu Hijo único, el día de su segunda venida,
y reciba de tu inmensa bondad la recompensa de una fiel administración
de su orden (Euchologion).
1588 En cuanto a los diáconos, "fortalecidos, en
efecto, con la gracia del sacramento, en comunión con el obispo y sus
presbíteros, están al servicio del Pueblo de Dios en el ministerio de
la liturgia, de la palabra y de la caridad" (LG 29).
1589 Ante la grandeza de la gracia y del oficio
sacerdotales, los santos doctores sintieron la urgente llamada a la
conversión con el fin de corresponder mediante toda su vida a aquel de
quien el sacramento los constituye ministros. Así, S. Gregorio
Nazianceno, siendo joven sacerdote, exclama:
Es preciso comenzar por purificarse antes de
purificar a los otros; es preciso ser instruido para poder instruir; es
preciso ser luz para iluminar, acercarse a Dios para acercarle a los
demás, ser santificado para santificar, conducir de la mano y aconsejar
con inteligencia (Or. 2, 71). Sé de quién somos ministros, donde nos
encontramos y adonde nos dirigimos. Conozco la altura de Dios y la
flaqueza del hombre, pero también su fuerza (ibid. 74) (Por tanto,
¿quién es el sacerdote? Es) el defensor de la verdad, se sitúa junto a
los ángeles, glorifica con los arcángeles, hace subir sobre el altar de
lo alto las víctimas de los sacrificios, comparte el sacerdocio de
Cristo, restaura la criatura, restablece (en ella) la imagen (de Dios),
la recrea para el mundo de lo alto, y, para decir lo más grande que hay
en él, es divinizado y diviniza (ibid. 73).
Y el santo Cura de Ars dice: "El sacerdote continua
la obra de redención en la tierra"..."Si se comprendiese bien al
sacerdote en la tierra se moriría no de pavor sino de amor"..."El
sacerdocio es el amor del corazón de Jesús".
RESUMEN
1590 S. Pablo dice a su discípulo Timoteo: "Te
recomiendo que reavives el carisma de Dios que está en ti por la
imposición de mis manos" (2 Tm 1,6), y "si alguno aspira al cargo de
obispo, desea una noble función" (1 Tm 3,1). A Tito decía: "El motivo
de haberte dejado en Creta, fue para que acabaras de organizar lo que
faltaba y establecieras presbíteros en cada ciudad, como yo te ordené"
(Tt 1,5).
1591 La Iglesia entera es un pueblo sacerdotal. Por
el bautismo, todos los fieles participan del sacerdocio de Cristo. Esta
participación se llama "sacerdocio común de los fieles". A partir de
este sacerdocio y al servicio del mismo existe otra participación en la
misión de Cristo: la del ministerio conferido por el sacramento del
Orden, cuya tarea es servir en nombre y en la representación de
Cristo-Cabeza en medio de la comunidad.
1592 El sacerdocio ministerial difiere esencialmente
del sacerdocio común de los fieles porque confiere un poder sagrado
para el servicio de los fieles. Los ministros ordenados ejercen su
servicio en el pueblo de Dios mediante la enseñanza (munus docendi), el
culto divino (munus liturgicum) y por el gobierno pastoral (munus
regendi).
1593 Desde los orígenes, el ministerio ordenado fue
conferido y ejercido en tres grados: el de los Obispos, el de los
presbíteros y el de los diáconos. Los ministerios conferidos por la
ordenación son insustituibles para la estructura orgánica de la
Iglesia: sin el obispo, los presbíteros y los diácono s no se puede
hablar de Iglesia (cf. S. Ignacio de Antioquía, Trall. 3,1).
1594 El obispo recibe la plenitud del sacramento del
Orden que lo incorpora al colegio episcopal y hace de él la cabeza
visible de la Iglesia particular que le es confiada. Los Obispos, en
cuanto sucesores de los apóstoles y miembros del colegio, participan en
la responsabilidad apostólica y en la misión de toda la Iglesia bajo la
autoridad del Papa, sucesor de S. Pedro.
1595 Los presbíteros están unidos a los obispos en la
dignidad sacerdotal y al mismo tiempo dependen de ellos en el ejercicio
de sus funciones pastorales; son llamados a ser cooperadores diligentes
de los obispos; forman en torno a su Obispo el presbiterio que asume
con él la responsabilidad de la Iglesia particular. Reciben del obispo
el cuidado de una comunidad parroquial o de una función eclesial
determinada.
1596 Los diáconos son ministros ordenados para las
tareas de servicio de la Iglesia; no reciben el sacerdocio ministerial,
pero la ordenación les confiere funciones importantes en el ministerio
de la palabra, del culto divino, del gobierno pastoral y del servicio
de la caridad, tareas que deben cumplir bajo la autoridad pastoral de
su Obispo.
1597 El sacramento del Orden es conferido por la
imposición de las manos seguida de una oración consecratoria solemne
que pide a Dios para el ordenando las gracias del Espíritu Santo
requeridas para su ministerio. La ordenación imprime un carácter
sacramental indeleble.
1598 La Iglesia confiere el sacramento del Orden
únicamente a varones (viris) bautizados, cuyas aptitudes para el
ejercicio del ministerio han sido debidamente reconocidas. A la
autoridad de la Iglesia corresponde la responsabilidad y el derecho de
llamar a uno a recibir la ordenación.
1599 En la Iglesia latina, el sacramento del Orden
para el presbiterado sólo es conferido ordinariamente a candidatos que
están dispuestos a abrazar libremente el celibato y que manifiestan
públicamente su voluntad de guardarlo por amor del Reino de Dios y el
servicio de los hombres.
1600 Corresponde a los Obispos conferir el sacramento del Orden en los tres grados.
Artículo 7 EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
1601 "La alianza matrimonial, por la que el varón y
la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado
por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y
educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor a la
dignidad de sacramento entre bautizados" (CIC, can. 1055,1)
I EL MATRIMONIO EN EL PLAN DE DIOS
1602 La Sagrada Escritura se abre con el relato de la
creación del hombre y de la mujer a imagen y semejanza de Dios (Gn
1,26-27) y se cierra con la visión de las "bodas del Cordero" (Ap
19,7.9). De un extremo a otro la Escritura habla del matrimonio y de su
"misterio", de su institución y del sentido que Dios le dio, de su
origen y de su fin, de sus realizaciones diversas a lo largo de la
historia de la salvación, de sus dificultades nacidas del pecado y de
su renovación "en el Señor" (1 Co 7,39) todo ello en la perspectiva de
la Nueva Alianza de Cristo y de la Iglesia (cf Ef 5,31-32).
El matrimonio en el orden de la creación
1603 "La íntima comunidad de vida y amor conyugal,
fundada por el Creador y provista de leyes propias, se establece sobre
la alianza del matrimonio... un vínculo sagrado... no depende del
arbitrio humano. El mismo Dios es el autor del matrimonio" (GS 48,1).
La vocación al matrimonio se inscribe en la naturaleza misma del hombre
y de la mujer, según salieron de la mano del Creador. El matrimonio no
es una institución puramente humana a pesar de las numerosas
variaciones que ha podido sufrir a lo largo de los siglos en las
diferentes culturas, estructuras sociales y actitudes espirituales.
Estas diversidades no deben hacer olvidar sus rasgos comunes y
permanente. A pesar de que la dignidad de esta institución no se
trasluzca siempre con la misma claridad (cf GS 47,2), existe en todas
las culturas un cierto sentido de la grandeza de la unión matrimonial.
"La salvación de la persona y de la sociedad humana y cristiana está
estrechamente ligada a la prosperidad de la comunidad conyugal y
familiar" (GS 47,1).
1604 Dios que ha creado al hombre por amor lo ha
llamado también al amor, vocación fundamental e innata de todo ser
humano. Porque el hombre fue creado a imagen y semejanza de Dios (Gn
1,2), que es Amor (cf 1 Jn 4,8.16). Habiéndolos creado Dios hombre y
mujer, el amor mutuo entre ellos se convierte en imagen del amor
absoluto e indefectible con que Dios ama al hombre. Este amor es bueno,
muy bueno, a los ojos del Creador (cf Gn 1,31). Y este amor que Dios
bendice es destinado a ser fecundo y a realizarse en la obra común del
cuidado de la creación. "Y los bendijo Dios y les dijo: "Sed fecundos y
multiplicaos, y llenad la tierra y sometedla'" (Gn 1,28).
1605 La Sagrada escritura afirma que el hombre y la
mujer fueron creados el uno para el otro: "No es bueno que el hombre
esté solo". La mujer, "carne de su carne", su igual, la criatura más
semejante al hombre mismo, le es dada por Dios como una "auxilio",
representando así a Dios que es nuestro "auxilio" (cf Sal 121,2). "Por
eso deja el hombre a su padre y a su madre y se une a su mujer, y se
hacen una sola carne" (cf Gn 2,18-25). Que esto significa una unión
indefectible de sus dos vidas, el Señor mismo lo muestra recordando
cuál fue "en el principio", el plan del Creador: "De manera que ya no
son dos sino una sola carne" (Mt 19,6).
El matrimonio bajo la esclavitud del pecado
1606 Todo hombre, tanto en su entorno como en su
propio corazón, vive la experiencia del mal. Esta experiencia se hace
sentir también en las relaciones entre el hombre y la mujer. En todo
tiempo, la unión del hombre y la mujer vive amenazada por la discordia,
el espíritu de dominio, la infidelidad, los celos y conflictos que
pueden conducir hasta el odio y la ruptura. Este desorden puede
manifestarse de manera más o menos aguda, y puede ser más o menos
superado, según las culturas, las épocas, los individuos, pero siempre
aparece como algo de carácter universal.
1607 Según la fe, este desorden que constatamos
dolorosamente, no se origina en la naturaleza del hombre y de la mujer,
ni en la naturaleza de sus relaciones, sino en el pecado. El primer
pecado, ruptura con Dios, tiene como consecuencia primera la ruptura de
la comunión original entre el hombre y la mujer. Sus relaciones quedan
distorsionadas por agravios recíprocos (cf Gn 3,12); su atractivo
mutuo, don propio del creador (cf Gn 2,22), se cambia en relaciones de
dominio y de concupiscencia (cf Gn 3,16b); la hermosa vocación del
hombre y de la mujer de ser fecundos, de multiplicarse y someter la
tierra (cf Gn 1,28) queda sometida a los dolores del parto y los
esfuerzos de ganar el pan (cf Gn 3,16-19).
1608 Sin embargo, el orden de la Creación subsiste
aunque gravemente perturbado. Para sanar las heridas del pecado, el
hombre y la mujer necesitan la ayuda de la gracia que Dios, en su
misericordia infinita, jamás les ha negado (cf Gn 3,21). Sin esta
ayuda, el hombre y la mujer no pueden llegar a realizar la unión de sus
vidas en orden a la cual Dios los creó "al comienzo".
El matrimonio bajo la pedagogía de la antigua Ley
1609 En su misericordia, Dios no abandonó al hombre
pecador. Las penas que son consecuencia del pecado, "los dolores del
parto" (Gn 3,16), el trabajo "con el sudor de tu frente" (Gn 3,19),
constituyen también remedios que limitan los daños del pecado. Tras la
caída, el matrimonio ayuda a vencer el repliegue sobre sí mismo, el
egoísmo, la búsqueda del propio placer, y a abrirse al otro, a la ayuda
mutua, al don de si.
1610 La conciencia moral relativa a la unidad e
indisolubilidad del matrimonio se desarrolló bajo la pedagogía de la
Ley antigua. La poligamia de los patriarcas y de los reyes no es
todavía prohibida de una manera explícita. No obstante, la Ley dada por
Moisés se orienta a proteger a la mujer contra un dominio arbitrario
del hombre, aunque ella lleve también, según la palabra del Señor, las
huellas de "la dureza del corazón" de la persona humana, razón por la
cual Moisés permitió el repudio de la mujer (cf Mt 19,8; Dt 24,1).
1611 Contemplando la Alianza de Dios con Israel bajo
la imagen de un amor conyugal exclusivo y fiel (cf Os 1-3; Is 54.62; Jr
2-3. 31; Ez 16,62;23), los profetas fueron preparando la conciencia del
Pueblo elegido para una comprensión más profunda de la unidad y de la
indisolubilidad del matrimonio (cf Mal 2,13-17). Los libros de Rut y de
Tobías dan testimonios conmovedores del sentido hondo del matrimonio,
de la fidelidad y de la ternura de los esposos. La Tradición ha visto
siempre en el Cantar de los Cantares una expresión única del amor
humano, en cuanto que éste es reflejo del amor de Dios, amor "fuerte
como la muerte" que "las grandes aguas no pueden anegar" (Ct 8,6-7).
El matrimonio en el Señor
1612 La alianza nupcial entre Dios y su pueblo Israel
había preparado la nueva y eterna alianza mediante la que el Hijo de
Dios, encarnándose y dando su vida, se unió en cierta manera con toda
la humanidad salvada por él (cf. GS 22), preparando así "las bodas del
cordero" (Ap 19,7.9).
1613 En el umbral de su vida pública, Jesús realiza
su primer signo -a petición de su Madre- con ocasión de un banquete de
boda (cf Jn 2,1-11). La Iglesia concede una gran importancia a la
presencia de Jesús en las bodas de Caná. Ve en ella la confirmación de
la bondad del matrimonio y el anuncio de que en adelante el
matrimonio será un signo eficaz de la presencia de Cristo.
1614 En su predicación, Jesús enseñó sin ambigüedad
el sentido original de la unión del hombre y la mujer, tal como el
Creador la quiso al comienzo: la autorización, dada por Moisés, de
repudiar a su mujer era una concesión a la dureza del corazón (cf Mt
19,8); la unión matrimonial del hombre y la mujer es indisoluble: Dios
mismo la estableció: "lo que Dios unió, que no lo separe el hombre" (Mt
19,6).
1615 Esta insistencia, inequívoca, en la
indisolubilidad del vínculo matrimonial pudo causar perplejidad y
aparecer como una exigencia irrealizable (cf Mt 19,10). Sin embargo,
Jesús no impuso a los esposos una carga imposible de llevar y demasiado
pesada (cf Mt 11,29-30), más pesada que la Ley de Moisés. Viniendo para
restablecer el orden inicial de la creación perturbado por el pecado,
da la fuerza y la gracia para vivir el matrimonio en la dimensión nueva
del Reino de Dios. Siguiendo a Cristo, renunciando a sí mismos, tomando
sobre sí sus cruces (cf Mt 8,34), los esposos podrán "comprender" (cf
Mt 19,11) el sentido original del matrimonio y vivirlo con la ayuda de
Cristo. Esta gracia del Matrimonio cristiano es un fruto de la Cruz de
Cristo, fuente de toda la vida cristiana.
1616 Es lo que el apóstol Pablo da a entender
diciendo: "Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la
Iglesia y se entregó a sí mismo por ella, para santificarla" (Ef
5,25-26), y añadiendo enseguida: "`Por es o dejará el hombre a su padre
y a su madre y se unirá a su mujer, y los dos se harán una sola carne'.
Gran misterio es éste, lo digo respecto a Cristo y a la Iglesia" (Ef
5,31-32).
1617 Toda la vida cristiana está marcada por el amor
esponsal de Cristo y de la Iglesia. Ya el Bautismo, entrada en el
Pueblo de Dios, es un misterio nupcial. Es, por así decirlo, como el
baño de bodas (cf Ef 5,26-27) que precede al banquete de bodas, la
Eucaristía. El Matrimonio cristiano viene a ser por su parte signo
eficaz, sacramento de la alianza de Cristo y de la Iglesia. Puesto que
es signo y comunicación de la gracia, el matrimonio entre bautizados es
un verdadero sacramento de la Nueva Alianza (cf DS 1800; CIC, can.
1055,2).
La virginidad por el Reino de Dios
1618 Cristo es el centro de toda vida cristiana. El
vínculo con El ocupa el primer lugar entre todos los demás vínculos,
familiares o sociales (cf Lc 14,26; Mc 10,28-31). Desde los comienzos
de la Iglesia ha habido hombres y mujeres que han renunciado al gran
bien del matrimonio para seguir al Cordero dondequiera que vaya (cf Ap
14,4), para ocuparse de las cosas del Señor, para tratar de agradarle
(cf 1 Co 7,32), para ir al encuentro del Esposo que viene (cf Mt 25,6).
Cristo mismo invitó a algunos a seguirle en este modo de vida del que
El es el modelo:
Hay eunucos que nacieron así del seno materno, y hay
eunucos hechos por los hombres, y hay eunucos que se hicieron tales a
sí mismos por el Reino de los Cielos. Quien pueda entender, que
entienda (Mt 19,12).
1619 La virginidad por el Reino de los Cielos es un
desarrollo de la gracia bautismal, un signo poderoso de la preeminencia
del vínculo con Cristo, de la ardiente espera de su retorno, un signo
que recuerda también que el matrimonio es una realidad que manifiesta
el carácter pasajero de este mundo (cf 1 Co 7,31; Mc 12,25).
1620 Estas dos realidades, el sacramento del
Matrimonio y la virginidad por el Reino de Dios, vienen del Señor
mismo. Es él quien les da sentido y les concede la gracia indispensable
para vivirlos conforme a su voluntad (cf Mt 19,3-12). La estima de la
virginidad por el Reino (cf LG 42; PC 12; OT 10) y el sentido cristiano
del Matrimonio son inseparables y se apoyan mutuamente:
Denigrar el matrimonio es reducir a la vez la gloria
de la virginidad; elogiarlo es realzar a la vez la admiración que
corresponde a la virginidad... (S. Juan Crisóstomo, virg. 10,1; cf FC,
16).
II LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO
1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio
entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la
Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los sacramentos con
el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En la Eucaristía se realiza
el memorial de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para siempre
a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf LG 6). Es,
pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento en darse el
uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la
ofrenda de Cristo por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio
eucarístico, y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el
mismo Cuerpo y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en
Cristo (cf 1 Co 10,17).
1622 "En cuanto gesto sacramental de santificación,
la celebración del matrimonio...debe ser por sí misma válida, digna y
fructuosa" (FC 67). Por tanto, conviene que los futuros esposos se
dispongan a la celebración de su matrimonio recibiendo el sacramento de
la penitencia.
1623 Según la tradición latina, los esposos, como
ministros de la gracia de Cristo, manifestando su consentimiento ante
la Iglesia, se confieren mutuamente el sacramento del matrimonio. En
las tradiciones de las Iglesias orientales, los sacerdotes –Obispos o
presbíteros– son testigos del recíproco consentimiento expresado por
los esposos (cf. CCEO, can. 817), pero también su bendición es
necesaria para la validez del sacramento (cf CCEO, can. 828).
1624 Las diversas liturgias son ricas en oraciones de
bendición y de epíclesis pidiendo a Dios su gracia y la bendición sobre
la nueva pareja, especialmente sobre la esposa. En la epíclesis de este
sacramento los esposos reciben el Espíritu Santo como Comunión de amor
de Cristo y de la Iglesia (cf. Ef 5,32). El Espíritu Santo es el sello
de la alianza de los esposos, la fuente siempre generosa de su amor, la
fuerza con que se renovará su fidelidad.
III EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL
1625 Los protagonistas de la alianza matrimonial son
un hombre y una mujer bautizados, libres para contraer el matrimonio y
que expresan libremente su consentimiento. "Ser libre" quiere decir:
– no obrar por coacción;
– no estar impedido por una ley natural o eclesiástica.
1626 La Iglesia considera el intercambio de los
consentimientos entre los esposos como el elemento indispensable "que
hace el matrimonio" (CIC, can. 1057,1). Si el consentimiento falta, no
hay matrimonio.
1627 El consentimiento consiste en "un acto humano,
por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente" (GS 48,1; cf
CIC, can. 1057,2): "Yo te recibo como esposa" - "Yo te recibo como
esposo" (OcM 45). Este consentimiento que une a los esposos entre sí,
encuentra su plenitud en el hecho de que los dos "vienen a ser una sola
carne" (cf Gn 2,24; Mc 10,8; Ef 5,31).
1628 El consentimiento debe ser un acto de la
voluntad de cada uno de los contrayentes, libre de violencia o de temor
grave externo (cf CIC, can. 1103). Ningún poder humano puede reemplazar
este consentimiento (CIC, can. 1057, 1). Si esta libertad falta, el
matrimonio es inválido.
1629 Por esta razón (o por otras razones que hacen
nulo e inválido el matrimonio; cf. CIC, can. 1095-1107), la Iglesia,
tras examinar la situación por el tribunal eclesiástico
competente, puede declarar "la nulidad del matrimonio", es decir, que
el matrimonio no ha existido. En este caso, los contrayentes quedan
libres para casarse, aunque deben cumplir las obligaciones naturales
nacidas de una unión precedente precedente (cf CIC, can. 1071).
1630 El sacerdote ( o el diácono) que asiste a la
celebraci ón del matrimonio, recibe el consentimiento de los esposos en
nombre de la Iglesia y da la bendición de la Iglesia. La presencia del
ministro de la Iglesia (y también de los testigos) expresa visiblemente
que el matrimonio es una realidad eclesial.
1631 Por esta razón, la Iglesia exige ordinariamente
para sus fieles la forma eclesiástica de la celebración del matrimonio
(cf Cc. de Trento: DS 1813-1816; CIC, can. 1108). Varias razones
concurren para explicar esta determinación:
– El matrimonio sacramental es un acto litúrgico.
Por tanto, es conveniente que sea celebrado en la liturgia pública de
la Iglesia.
– El matrimonio introduce en un ordo eclesial, crea
derechos y deberes en la Iglesia entre los esposos y para con los hijos.
– Por ser el matrimonio un estado de vida en la
Iglesia, es preciso que exista certeza sobre él (de ahí la obligación
de tener testigos).
– El carácter público del consentimiento protege el "Sí" una vez dado y ayuda a permanecer fiel a él.
1632 Para que el "Sí" de los esposos sea un acto
libre y responsable, y para que la alianza matrimonial tenga
fundamentos humanos y cristianos sólidos y estables, la preparación
para el matrimonio es de primera importancia:
- El ejemplo y la enseñanza dados por los padres y
por las familias son el camino privilegiado de esta preparación.
- El papel de los pastores y de la comunidad
cristiana como "familia de Dios" es indispensable para la transmisión
de los valores humanos y cristianos del matrimonio y de la familia (cf.
CIC, can. 1063), y esto con mayor razón en nuestra época en la que
muchos jóvenes conocen la experiencia de hogares rotos que ya no
aseguran suficientemente esta iniciación:
Los jóvenes deben ser instruidos adecuada y
oportunamente sobre la dignidad, dignidad , tareas y ejercicio del amor
conyugal, sobre todo en el seno de la misma familia, para que, educados
en el cultivo de la castidad, puedan pasar, a la edad conveniente, de
un honesto noviazgo vivido al matrimonio (GS 49,3).
Matrimonios mixtos y disparidad de culto
1633 En numerosos países, la situación del matrimonio
mixto (entre católico y bautizado no católico) se presenta con bastante
frecuencia. Exige una atención particular de los cónyuges y de los
pastores. El caso de matrimonios con disparidad de culto (entre
católico y no bautizado) exige una aún mayor atención.
1634 La diferencia de confesión entre los cónyuges no
constituye un obstáculo insuperable para el matrimonio, cuando llegan a
poner en común lo que cada uno de ellos ha recibido en su comunidad, y
a aprender el uno del otro el modo como cada uno vive su fidelidad a
Cristo. Pero las dificultades de los matrimonios mixtos no deben
tampoco ser subestimadas. Se deben al hecho de que la separación de los
cristianos no se ha superado todavía. Los esposos corren el peligro de
vivir en el seno de su hogar el drama de la desunión de los cristianos.
La disparidad de culto puede agravar aún más estas dificultades.
Divergencias en la fe, en la concepción misma del matrimonio, pero
también mentalidades religiosas distintas pueden constituir una fuente
de tensiones en el matrimonio, principalmente a propósito de la
educación de los hijos. Una tentación que puede presentarse entonces es
la indiferencia religiosa.
1635 Según el derecho vigente en la Iglesia latina,
un matrimonio mixto necesita, para su licitud, el permiso expreso de la
autoridad eclesiástica (cf CIC, can. 1124). En caso de disparidad de
culto se requiere una dispensa expresa del impedimento para la validez
del matrimonio (cf CIC, can. 1086). Este permiso o esta dispensa supone
que ambas partes conozcan y no excluyan los fines y las propiedades
esenciales del matrimonio; además, que la parte católica confirme los
compromisos –también haciéndolos conocer a la parte no católica– de
conservar la propia fe y de asegurar el Bautismo y la educación de los
hijos en la Iglesia Católica (cf CIC, can. 1125).
1636 En muchas regiones, gracias al diálogo
ecuménico, las comunidades cristianas interesadas han podido llevar a
cabo una pastoral común para los matrimonios mixtos. Su objetivo es
ayudar a estas parejas a vivir su situación particular a la luz de la
fe. Debe también ayudarles a superar las tensiones entre las
obligaciones de los cónyuges, el uno con el otro, y con sus comunidades
eclesiales. Debe alentar el desarrollo de lo que les es común en la fe,
y el respeto de lo que los separa.
1637 En los matrimonios con disparidad de culto, el
esposo católico tiene una tarea particular: "Pues el marido no creyente
queda santificado por su mujer, y la mujer no creyente queda
santificada por el marido creyente" ( 1 Co 7,14). Es un gran gozo para
el cónyuge cristiano y para la Iglesia el que esta "santificación"
conduzca a la conversión libre del otro cónyuge a la fe cristiana (cf.
1 Co 7,16). El amor conyugal sincero, la práctica humilde y paciente de
las virtudes familiares, y la oración perseverante pueden preparar al
cónyuge no creyente a recibir la gracia de la conversión.
IV LOS EFECTOS DEL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
1638 "Del matrimonio válido se origina entre los
cónyuges un vínculo perpetuo y exclusivo por su misma naturaleza;
además, en el matrimonio cristiano los cónyuges son fortalecidos y
quedan como consagrados por un sacramento peculiar para los deberes y
la dignidad de su estado" (CIC, can. 1134).
El vínculo matrimonial
1639 El consentimiento por el que los esposos se dan
y se reciben mutuamente es sellado por el mismo Dios (cf Mc 10,9). De
su alianza "nace una institución estable por ordenación divina, también
ante la sociedad" (GS 48,1). La alianza de los esposos está integrada
en la alianza de Dios con los hombres: "el auténtico amor conyugal es
asumido en el amor divino" (GS 48,2).
1640 Por tanto, el vínculo matrimonial es establecido
por Dios mismo, de modo que el matrimonio celebrado y consumado entre
bautizados no puede ser disuelto jamás. Este vínculo que resulta del
acto humano libre de los esposos y de la consumación del matrimonio es
una realidad ya irrevocable y da origen a una alianza garantizada por
la fidelidad de Dios. La Iglesia no tiene poder para pronunciarse
contra esta disposición de la sabiduría divina (cf CIC, can. 1141).
La gracia del sacramento del matrimonio
1641 "En su modo y estado de vida, (los cónyuges
cristianos) tienen su carisma propio en el Pueblo de Dios" (LG 11).
Esta gracia propia del sacramento del matrimonio está destinada a
perfeccionar el amor de los cónyuges, a fortalecer su unidad
indisoluble. Por medio de esta gracia "se ayudan mutuamente a
santificarse con la vida matrimonial conyugal y en la acogida y
educación de los hijos" (LG 11; cf LG 41).
1642 Cristo es la fuente de esta gracia. "Pues de la
misma manera que Dios en otro tiempo salió al encuentro de su pueblo
por una alianza de amor y fidelidad, ahora el Salvador de los hombres y
Esposo de la Iglesia, mediante el sacramento del matrimonio, sale al
encuentro de los esposos cristianos" (GS 48,2). Permanece con ellos,
les da la fuerza de seguirle tomando su cruz, de levantarse
después de sus caídas, de perdonarse mutuamente, de llevar unos las
cargas de los otros (cf Ga 6,2), de estar "sometidos unos a otros en el
temor de Cristo" (Ef 5,21) y de amarse con un amor sobrenatural,
delicado y fecundo. En las alegrías de su amor y de su vida familiar
les da, ya aquí, un gusto anticipado del banquete de las bodas del
Cordero:
¿De dónde voy a sacar la fuerza para describir de
manera satisfactoria la dicha del matrimonio que celebra la Iglesia,
que confirma la ofrenda, que sella la bendición? Los ángeles lo
proclaman, el Padre celestial lo ratifica...¡Qué matrimonio el de dos
cristianos, unidos por una sola esperanza, un solo deseo, una sola
disciplina, el mismo servicio! Los dos hijos de un mismo Padre,
servidores de un mismo Señor; nada los separa, ni en el espíritu ni en
la carne; al contrario, son verdaderamente dos en una sola carne. Donde
la carne es una, también es uno el espíritu (Tertuliano, ux. 2,9; cf.
FC 13).
V LOS BIENES Y LAS EXIGENCIAS DEL AMOR CONYUGAL
1643 "El amor conyugal comporta una totalidad en la
que entran todos los elementos de la persona -reclamo del cuerpo y del
instinto, fuerza del sentimiento y de la afectividad, aspiración del
espíritu y de la voluntad-; mira una unidad profundamente personal que,
más allá de la unión en una sola carne, conduce a no tener más que un
corazón y un alma; exige la indisolubilidad y la fidelidad de la
donación recíproca definitiva; y se abre a fecundidad. En una palabra:
se trata de características normales de todo amor conyugal natural,
pero con un significado nuevo que no sólo las purifica y consolida,
sino las eleva hasta el punto de hacer de ellas la expresión de valores
propiamente cristianos" (FC 13).
Unidad e indisolubilidad del matrimonio
1644 El amor de los esposos exige, por su misma
naturaleza, la unidad y la indisolubilidad de la comunidad de personas
que abarca la vida entera de los esposos: "De manera que ya no son dos
sino una sola carne" (Mt 19,6; cf Gn 2,24). "Están llamados a crecer
continuamente en su comunión a través de la fidelidad cotidiana a la
promesa matrimonial de la recíproca donación total" (FC 19). Esta
comunión humana es confirmada, purificada y perfeccionada por la
comunión en Jesucristo dada mediante el sacramento del matrimonio. Se
profundiza por la vida de la fe común y por la Eucaristía recibida en
común.
1645 "La unidad del matrimonio aparece ampliamente
confirmada por la igual dignidad personal que hay que reconocer a la
mujer y el varón en el mutuo y pleno amor" (GS 49,2). La poligamia es
contraria a esta igual dignidad de uno y otro y al amor conyugal que es
único y exclusivo.
La fidelidad del amor conyugal
1646 El amor conyugal exige de los esposos, por su
misma naturaleza, una fidelidad inviolable. Esto es consecuencia
del don de sí mismos que se hacen mutuamente los esposos. El auténtico
amor tiende por sí mismo a ser algo definitivo, no algo pasajero. "Esta
íntima unión, en cuanto donación mutua de dos personas, como el bien de
los hijos exigen la fidelidad de los cónyuges y urgen su indisoluble
unidad" (GS 48,1).
1647 Su motivo más profundo consiste en la fidelidad
de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia. Por el sacramento del
matrimonio los esposos son capacitados para representar y testimoniar
esta fidelidad. Por el sacramento, la indisolubilidad del matrimonio
adquiere un sentido nuevo y más profundo.
1648 Puede parecer difícil, incluso imposible, atarse
para toda la vida a un ser humano. Por ello es tanto más importante
anunciar la buena nueva de que Dios nos ama con un amor definitivo e
irrevocable, de que los esposos participan de este amor, que les
conforta y mantiene, y de que por su fidelidad se convierten en
testigos del amor fiel de Dios. Los esposos que, con la gracia de Dios,
dan este testimonio, con frecuencia en condiciones muy difíciles,
merecen la gratitud y el apoyo de la comunidad eclesial (cf FC 20).
1649 Existen, sin embargo, situaciones en que la
convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy
diversas. En tales casos, la Iglesia admite la separación física de los
esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido
y mujer delante de Dios; ni son libres para contraer una nueva unión.
En esta situación difícil, la mejor solución sería, si es posible, la
reconciliación. La comunidad cristiana está llamada a ayudar a estas
personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo
de su matrimonio que permanece indisoluble (cf FC; 83; CIC, can.
1151-1155).
1650 Hoy son numerosos en muchos países los católicos
que recurren al divorcio según las leyes civiles y que contraen también
civilmente una nueva unión. La Iglesia mantiene, por fidelidad a la
palabra de Jesucristo ("Quien repudie a su mujer y se case con otra,
comete adulterio contra aquella; y si ella repudia a su marido y se
casa con otro, comete adulterio": Mc 10,11-12), que no puede reconocer
como válida esta nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si
los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una
situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no
pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista esta
situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas
responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento
de la penitencia no puede ser concedida más que aquellos que se
arrepientan de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a
Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia.
1651 Respecto a los cristianos que viven en esta
situación y que con frecuencia conservan la fe y desean educar
cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben
dar prueba de una atenta solicitud, a fin de aquellos no se consideren
como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en
cuanto bautizados:
Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a
frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a
incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la
comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe
cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para
implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (FC 84).
La apertura a la fecundidad
1652 "Por su naturaleza misma, la institución misma
del matrimonio y el amor conyugal están ordenados a la procreación y a
la educación de la prole y con ellas son coronados como su culminación"
(GS 48,1):
Los hijos son el don más excelente del matrimonio y
contribuyen mucho al bien de sus mismos padres. El mismo Dios, que
dijo: "No es bueno que el hombre esté solo (Gn 2,18), y que hizo desde
el principio al hombre, varón y mujer" (Mt 19,4), queriendo comunicarle
cierta participación especial en su propia obra creadora, bendijo al
varón y a la mujer diciendo: "Creced y multiplicaos" (Gn 1,28). De ahí
que el cultivo verdadero del amor conyugal y todo el sistema de vida
familiar que de él procede, sin dejar posponer los otros fines del
matrimonio, tienden a que los esposos estén dispuestos con fortaleza de
ánimo a cooperar con el amor del Creador y Salvador, que por medio de
ellos aumenta y enriquece su propia familia cada día más (GS 50,1).
1653 La fecundidad del amor conyugal se extiende a
los frutos de la vida moral, espiritual y sobrenatural que los padres
transmiten a sus hijos por medio de la educación. Los padres son los
principales y primeros educadores de sus hijos (cf. GE 3). En este
sentido, la tarea fundamental del matrimonio y de la familia es estar
al servicio de la vida (cf FC 28).
1654 Sin embargo, los esposos a los que Dios no ha
concedido tener hijos pueden llevar una vida conyugal plena de sentido,
humana y cristianamente. Su matrimonio puede irradiar una fecundidad de
caridad, de acogida y de sacrificio.
VI LA IGLESIA DOMESTICA
1655 Cristo quiso nacer y crecer en el seno de la
Sagrada Familia de José y de María. La Iglesia no es otra cosa que la
"familia de Dios". Desde sus orígenes, el núcleo de la Iglesia estaba a
menudo constituido por los que, "con toda su casa", habían llegado a
ser creyentes (cf Hch 18,8). Cuando se convertían deseaban también que
se salvase "toda su casa" (cf Hch 16,31 y 11,14). Estas familias
convertidas eran islotes de vida cristiana en un mundo no creyente.
1656 En nuestros días, en un mundo frecuentemente
extraño e incluso hostil a la fe, las familias creyentes tienen una
importancia primordial en cuanto faros de una fe viva e irradiadora.
Por eso el Concilio Vaticano II llama a la familia, con una antigua
expresión, "Ecclesia domestica" (LG 11; cf. FC 21). En el seno de la
familia, "los padres han de ser para sus hijos los primeros
anunciadores de la fe con su palabra y con su ejemplo, y han de
fomentar la vocación personal de cada uno y, con especial cuidado, la
vocación a la vida consagrada" (LG 11).
1657 Aquí es donde se ejercita de manera privilegiada
el sacerdocio bautismal del padre de familia, de la madre, de los
hijos, de todos los miembros de la familia, "en la recepción de los
sacramentos, en la oración y en la acción de gracias, con el testimonio
de una vida santa, con la renuncia y el amor que se traduce en obras"
(LG 10). El hogar es así la primera escuela de vida cristiana y
"escuela del más rico humanismo" (GS 52,1). Aquí se aprende la
paciencia y el gozo del trabajo, el amor fraterno, el perdón generoso,
incluso reiterado, y sobre todo el culto divino por medio de la oración
y la ofrenda de su vida.
1658 Es preciso recordar asimismo a un gran número de
personas que permanecen solteras a causa de las concretas condiciones
en que deben vivir, a menudo sin haberlo querido ellas mismas. Estas
personas se encuentran particularmente cercanas al corazón de Jesús; y,
por ello, merecen afecto y solicitud diligentes de la Iglesia,
particularmente de sus pastores. Muchas de ellas viven sin familia
humana, con frecuencia a causa de condiciones de pobreza. Hay quienes
viven su situación según el espíritu de las bienaventuranzas sirviendo
a Dios y al prójimo de manera ejemplar. A todas ellas es preciso
abrirles las puertas de los hogares, "iglesias domésticas" y las
puertas de la gran familia que es la Iglesia. "Nadie se sienta sin
familia en este mundo: la Iglesia es casa y familia de todos,
especialmente para cuantos están `fatigados y agobiados' (Mt 11,28)"
(FC 85).
RESUMEN
1659 S. Pablo dice: "Maridos, amad a vuestras mujeres
como Cristo amó a la Iglesia...Gran misterio es éste, lo digo con
respecto a Cristo y la Iglesia" (Ef 5,25.32).
1660 La alianza matrimonial, por la que un hombre y
una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor, fue
fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador. Por su naturaleza
está ordenada al bien de los cónyuges así como a la generación y
educación de los hijos. Entre bautizados, el matrimonio ha sido elevado
por Cristo Señor a la dignidad de sacramento (cf. GS 48,1; CIC, can.
1055,1).
1661 El sacramento del matrimonio significa la unión
de Cristo con la Iglesia. Da a los esposos la gracia de amarse con el
amor con que Cristo amó a su Iglesia; la gracia del sacramento
perfecciona así el amor humano de los esposos, reafirma su unidad
indisoluble y los santifica en el camino de la vida eterna (cf. Cc. de
Trento: DS 1799).
1662 El matrimonio se funda en el consentimiento de
los contrayentes, es decir, en la voluntad de darse mutua y
definitivamente con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo.
1663 Dado que el matrimonio establece a los cónyuges
en un estado público de vida en la Iglesia, la celebración del mismo se
hace ordinariamente de modo público, en el marco de una celebración
litúrgica, ante el sacerdote (o el testigo cualificado de la Iglesia),
los testigos y la asamblea de los fieles.
1664 La unidad, la indisolubilidad, y la apertura a
la fecundidad son esenciales al matrimonio. La poligamia es
incompatible con la unidad del matrimonio; el divorcio separa lo que
Dios ha unido; el rechazo de la fecundidad priva la vida conyugal de su
"don más excelente", el hijo (GS 50,1).
1665 Contraer un nuevo matrimonio por parte de los
divorciados mientras viven sus cónyuges legítimos contradice el
plan y la ley de Dios enseñados por Cristo. Los que viven en esta
situación no están separados de la Iglesia pero no pueden acceder a la
comunión eucarística. Pueden vivir su vida cristiana sobre todo
educando a sus hijos en la fe.
1666 El hogar cristiano es el lugar en que los hijos
reciben el primer anuncio de la fe. Por eso la casa familiar es llamada
justamente "Iglesia doméstica", comunidad de gracia y de oración,
escuela de virtudes humanas y de caridad cristiana.